San Cristóbal, por Julio César GarcÃa. – El pasado 8 de julio de 2026, en el municipio de San Cristóbal, miembros de la PolicÃa Nacional adscritos a la 17ma CompañÃa retuvieron al ciudadano Miguel Antonio Lucas, conocido popularmente como "Miguelito". ¿El motivo? La presunta venta de rifas clandestinas utilizando un dispositivo verifone.
Lo que parecÃa ser una intervención por
un delito menor terminó convirtiéndose en un dramático reflejo de las fallas
sistémicas, la desproporción institucional y la fragilidad del Estado de
derecho en la República Dominicana.
La desproporción penal y el marco legal
Para dimensionar la gravedad de lo
ocurrido, es necesario acudir a la norma:
El delito imputado: El ArtÃculo 410 del
Código Penal dominicano contempla la sanción para quienes violen las
disposiciones sobre juegos de azar, fijando como pena máxima la prisión
correccional de uno a seis meses y una multa de diez a cien pesos.
La jurisdicción competente: El mismo
artÃculo otorga la competencia a los Juzgados de Paz para conocer de estas
infracciones.
Estamos hablando de una falta menor
dentro del catálogo penal. Sin embargo, el tratamiento procesal otorgado a
Miguelito pareció distar abismalmente de lo que establece la ley para este tipo
de contravenciones.
Un festival de violaciones procesales
El marco procesal penal protege al
ciudadano desde el segundo exacto en que es privado de su libertad. Todo
arresto exige el respeto a garantÃas fundamentales: la información inmediata de
los hechos imputados, el conocimiento de la autoridad que ejecuta la detención
y, sobre todo, el plazo improrrogable de 48 horas para presentar al detenido
ante un juez.
En el caso de Miguelito, la cadena de custodia y los plazos se rompieron:
Viernes 10 de julio: La procuradora
fiscal de la jurisdicción, Ana Mercedes Vásquez Cruz, depositó ante el Juzgado
de Paz una solicitud de prisión preventiva como medida de coerción, una
petición desproporcionada para la naturaleza del caso.
Lunes 13 de julio: Cinco dÃas después de
su arresto (sobrepasando en exceso las 48 horas constitucionales), Miguelito
fue trasladado al tribunal.
La jueza Kenty Marisela Noesà rechazó el
pedimento desmedido del Ministerio Público y ordenó su inmediata libertad bajo
presentación periódica. Sin embargo, la justicia formal llegó demasiado tarde.
Las interrogantes que exigen respuesta
La posterior muerte de Miguelito deja
una sombra oscura sobre el accionar policial y judicial. Con su deceso, se abre
un abanico de preguntas que el Estado no puede esquivar:
¿Quién movió los hilos? ¿Quién realizó
la denuncia contra Miguelito y qué nivel de influencia tenÃa para lograr que
las autoridades violaran flagrantemente los procedimientos procesales en favor
de un caso tan menor?
La causa de la muerte: Surge una duda
lacerante que exige una investigación forense transparente e imparcial: ¿Murió
realmente a causa de una bacteria o fue vÃctima de agresiones fÃsicas dentro
del destacamento? De confirmarse esto último, ¿quiénes son los autores
materiales e intelectuales?
Reflexión final: ¿Cuántos
"Miguelitos" más?
No podemos devolverle la vida a Miguel
Antonio Lucas; esa es una dolorosa verdad. Sin embargo, su caso debe encender
las alarmas de la sociedad civil. Un verdadero Estado de derecho es, por
definición, un Estado garantista. Lo ocurrido nos sitúa trágicamente lejos de
tener la certeza de que nuestros derechos serán respetados.
No podemos permitir que, tras un
uniforme o una placa, existan funcionarios que se sientan amos y señores del
paÃs, por encima de las leyes y con potestad sobre la vida de los ciudadanos.
Hoy, el Ministerio de Interior y PolicÃa, junto a la ProcuradurÃa General, enfrentan el reto urgente de esclarecer este caso. No se trata solo de hacer justicia por Miguelito, sino de demostrar con hechos si el paÃs avanza hacia una verdadera reforma institucional o si la vida de un ciudadano común sigue estando a merced del abuso de poder.



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