Santo Domingo.- El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, informó que no ha prosperado en los tribunales ninguna de las acciones interpuestas en contra de la Resolución 000048, del 8 de octubre de 2021, emitida por el Ministerio de Salud Pública.
Mediante esta resolución se dispusieron medidas específicas para controlar la COVID-19 en el país.
Peralta Romero indicó que la
primera de estas acciones, un referimiento, fue conocida el lunes 18 de octubre
ante el presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional, quien declaró de oficio la nulidad del
proceso.
Al respeto, precisó que la
nulidad fue declarada luego de constatar que los demandantes no citaron
correctamente al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y a su
ministro Daniel Rivera, así como a la Presidencia de la República.
"Adicionalmente, en la
mañana del martes 19 de octubre fueron conocidas ante la tercera sala del
Tribunal Superior Administrativo, cuatro acciones de amparo en contra de la
referida resolución. Los cuatro expedientes fueron aplazados hasta el 26 de
octubre del año en curso, debido a que los accionantes no cumplieron con los
requisitos procesales mínimos de citación a las partes accionadas",
comunicó el consultor Jurídico.
Al ser abordado sobre esto,
Peralta Romero expresó que “de por sí no era necesario citar a la Presidencia
de la República en un proceso en el que se ataca una resolución emitida por un
ministro en el marco de sus atribuciones legales”.
Señaló que, de todas formas,
el pasado martes la Presidencia de la República y el presidente Luis Abinader
estuvieron representados por los licenciados Noel Sued Canahuate y Gilbert de
la Cruz.
Por igual, según informó, el
Ministerio de Salud Pública y el ministro Daniel Rivera estuvieron
representados por el doctor Cristóbal Rodríguez y el licenciado Luis Ernesto
Peña Jiménez.
El consultor jurídico aclaró
que no es necesario que el presidente y el ministro asistan personalmente al
tribunal, siempre que se hagan representar. También insistió en lo redundante
de la citación a la Presidencia y al presidente de la República, al tratarse de
procesos que, por su naturaleza pública, siempre se conocen con la presencia de
la Procuraduría General Administrativa, en representación de la Administración
Pública, además de los accionados particulares que cada caso tiene.
El consultor jurídico reiteró
que sigue vigente la Resolución 000048 del Ministerio de Salud Pública y, por
tanto, las medidas adoptadas mediante esta, lo que incluye la disposición
implementada desde el pasado lunes respecto a la presentación de tarjetas de
vacunación o resultados negativos de pruebas PCR.
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