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Rendición de cuentas, 16 de agosto y constitución Dominicana


Cuentan los que cuentan historias, que llegando un cura a un pequeño pueblo notó que en cada misa entraba a la iglesia un gato que tenían en la casa curial para evitar la presencia de ratones, molesto el cura porque el gato no se estaba tranquilo y durante toda la misa se dedicaba a distraer tomó la decisión de amarrarle en un lado del pulpito donde los feligreses y el mismo no se distrajeran con el animal, el monaguillo viendo el gato amarrado se dedicaba a alimentarlo y así fue pasando el tiempo, un día la familia del monaguillo decidió dejar el pequeño pueblo para irse a la ciudad.

El cura asumió la tarea entonces de alimentar al felino, pero el cura enfermó y a los pocos días falleció, fue enviado pocas semanas luego un cura joven al poblado, cuando encontró el gato amarrado y muerto en el rincón de la iglesia decidió de inmediato buscar otro gato y amarrarlo en el lugar.  

Muchas veces actuamos como el cura nuevo y no nos detenemos a preguntar el porqué de las cosa, dejamos pasar el tiempo y permitimos que algo se imponga como costumbre y sin la más mínima de las preocupaciones la hacemos nuestra, tal es el caso de la rendición de cuentas en la República Dominicana, hoy vemos a muchos expectantes con lo que va a decir el presidente de la república el 16 de agosto y pocos han tratado de ver si está obligado el presidente a decir algo en esta fecha.

La rendición de cuentas es un mandato establecido en el artículo 114 de la Constitución de la República Dominicana, y dicha responsabilidad recae en el presidente de la República para rendir cuentas anualmente, ante el Congreso Nacional, de la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año anterior el cual debe estar acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los resultados económicos, financieros y sociales esperados de acuerdo con el artículo 128, numeral 2, literal f) de la Carta Magna “f) Depositar ante el Congreso Nacional, al iniciarse la primera legislatura ordinaria el 27 de febrero de cada año, las memorias de los ministerios y rendir cuenta de su administración del año anterior;”.

Esta formalidad ha sido cumplida por los presidentes de la República en la Era de Convivencias Democráticas. 

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